Según la propia revista, la sentencia de la Audiencia ha estimado que las fotografías no dañan la reputación de la actriz e incide en que las imágenes se tomaron en una playa de libre tránsito, aunque Pataky había alegado que solo pudieron verla desnuda los integrantes del equipo de la revista para la cual estaba trabajando.
La Audiencia de Madrid, que ha anulado una sentencia anterior que dio la razón a la actriz, ha señalado -según Interviú- que “la licitud o ilicitud de las imágenes de una persona de notoriedad o proyección pública en una playa pública normalmente concurrida no puede depender de que tenga puesta o no la pieza superior del biquini, pues si así fuera se estaría reconociendo implícitamente que prescindir de dicha pieza no está admitido por los usos sociales”.
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